
El Gobierno ingresó un proyecto para postergar hasta el 1 de diciembre de 2027 la entrada en vigencia de la nueva Ley de Protección de Datos Personales.
La medida busca dar más tiempo para contar con las condiciones regulatorias y operativas necesarias antes de aplicar plenamente la normativa.
El aplazamiento impactaría a organismos del Estado, empresas, fundaciones y otras organizaciones que tratan datos personales y que deberán adaptarse a las nuevas exigencias.
Una de las principales razones planteadas para la postergación es la instalación pendiente de la Agencia de Protección de Datos Personales.
Dicha agencia debía estar operativa a más tardar el 1 de junio de 2026 y será el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de la ley.
La Ley 21.719 fue aprobada en agosto de 2024 y busca regular la forma en que se tratan y protegen los datos personales de las personas naturales.
La normativa se relaciona con la garantía constitucional de protección de la vida privada y de los datos personales.
Su aplicación alcanza a personas naturales, personas jurídicas y órganos públicos que realicen tratamiento de datos personales.
En la práctica, las organizaciones deberán elevar sus estándares para gestionar, documentar y acreditar los permisos entregados por los titulares de los datos.
La ley también incorpora mayores obligaciones sobre privacidad desde el diseño, reporte de brechas de seguridad, evaluaciones de impacto y tratamiento de datos sensibles o biométricos.
Entre los cambios más relevantes está una regulación más estricta del consentimiento y la consagración de derechos personales, intransferibles e irrenunciables para quienes son titulares de los datos.
La Agencia de Protección de Datos Personales podrá dictar instrucciones obligatorias, fiscalizar, resolver reclamaciones y aplicar sanciones.
La normativa contempla infracciones leves, graves y gravísimas, con multas que pueden llegar hasta 5 mil, 10 mil y 20 mil UTM, respectivamente.
Si el proyecto de postergación avanza, la entrada en vigencia de este nuevo estándar quedaría aplazada por otro año.
La medida busca dar más tiempo para contar con las condiciones regulatorias y operativas necesarias antes de aplicar plenamente la normativa.
El aplazamiento impactaría a organismos del Estado, empresas, fundaciones y otras organizaciones que tratan datos personales y que deberán adaptarse a las nuevas exigencias.
Una de las principales razones planteadas para la postergación es la instalación pendiente de la Agencia de Protección de Datos Personales.
Dicha agencia debía estar operativa a más tardar el 1 de junio de 2026 y será el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de la ley.
La Ley 21.719 fue aprobada en agosto de 2024 y busca regular la forma en que se tratan y protegen los datos personales de las personas naturales.
La normativa se relaciona con la garantía constitucional de protección de la vida privada y de los datos personales.
Su aplicación alcanza a personas naturales, personas jurídicas y órganos públicos que realicen tratamiento de datos personales.
En la práctica, las organizaciones deberán elevar sus estándares para gestionar, documentar y acreditar los permisos entregados por los titulares de los datos.
La ley también incorpora mayores obligaciones sobre privacidad desde el diseño, reporte de brechas de seguridad, evaluaciones de impacto y tratamiento de datos sensibles o biométricos.
Entre los cambios más relevantes está una regulación más estricta del consentimiento y la consagración de derechos personales, intransferibles e irrenunciables para quienes son titulares de los datos.
La Agencia de Protección de Datos Personales podrá dictar instrucciones obligatorias, fiscalizar, resolver reclamaciones y aplicar sanciones.
La normativa contempla infracciones leves, graves y gravísimas, con multas que pueden llegar hasta 5 mil, 10 mil y 20 mil UTM, respectivamente.
Si el proyecto de postergación avanza, la entrada en vigencia de este nuevo estándar quedaría aplazada por otro año.


