
El Tribunal Constitucional rechazó este martes el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra una norma incluida en el proyecto de reconstrucción.
La disposición cuestionada está relacionada con la reconexión de servicios básicos en zonas declaradas en estado de catástrofe.
La decisión fue adoptada por el pleno del organismo por nueve votos contra uno, tras escuchar durante la mañana los alegatos de la defensa del Ejecutivo.
La norma obliga a empresas concesionarias de distribución eléctrica, servicios sanitarios y distribución de gas a reconectar el suministro de forma gratuita y sin condición previa de pago.
El beneficio apunta a usuarios residenciales y a micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en territorios afectados por una declaración de catástrofe.
El Gobierno buscaba impugnar el artículo 31 del proyecto, argumentando que la norma excedía las ideas matrices de la iniciativa legislativa.
Durante los alegatos, el abogado del Ejecutivo, Joaquín Palma Cruzat, sostuvo que la disposición infringía el artículo 69 de la Constitución.
También planteó que una reconexión inmediata podría generar riesgos si no se consideran los protocolos de seguridad necesarios para recuperar los servicios.
El pleno del TC estuvo encabezado por su presidenta, María Pía Silva, junto a los ministros Daniela Marzi, Nancy Yáñez, Miguel Ángel Fernández, Raúl Mera, Catalina Lagos, Héctor Mery, Marcela Peredo, Alejandra Precht y Mario Gómez.
El requerimiento había sido presentado por el Presidente José Antonio Kast y los ministros Jorge Quiroz, José García Ruminot, Louis De Grange y Ximena Rincón.
Los fundamentos de la sentencia y el detalle de la votación serán informados dentro de los plazos legales.
Con este fallo, la norma sobre reconexión gratuita de servicios básicos sigue su curso dentro del proyecto de reconstrucción.
La disposición cuestionada está relacionada con la reconexión de servicios básicos en zonas declaradas en estado de catástrofe.
La decisión fue adoptada por el pleno del organismo por nueve votos contra uno, tras escuchar durante la mañana los alegatos de la defensa del Ejecutivo.
La norma obliga a empresas concesionarias de distribución eléctrica, servicios sanitarios y distribución de gas a reconectar el suministro de forma gratuita y sin condición previa de pago.
El beneficio apunta a usuarios residenciales y a micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en territorios afectados por una declaración de catástrofe.
El Gobierno buscaba impugnar el artículo 31 del proyecto, argumentando que la norma excedía las ideas matrices de la iniciativa legislativa.
Durante los alegatos, el abogado del Ejecutivo, Joaquín Palma Cruzat, sostuvo que la disposición infringía el artículo 69 de la Constitución.
También planteó que una reconexión inmediata podría generar riesgos si no se consideran los protocolos de seguridad necesarios para recuperar los servicios.
El pleno del TC estuvo encabezado por su presidenta, María Pía Silva, junto a los ministros Daniela Marzi, Nancy Yáñez, Miguel Ángel Fernández, Raúl Mera, Catalina Lagos, Héctor Mery, Marcela Peredo, Alejandra Precht y Mario Gómez.
El requerimiento había sido presentado por el Presidente José Antonio Kast y los ministros Jorge Quiroz, José García Ruminot, Louis De Grange y Ximena Rincón.
Los fundamentos de la sentencia y el detalle de la votación serán informados dentro de los plazos legales.
Con este fallo, la norma sobre reconexión gratuita de servicios básicos sigue su curso dentro del proyecto de reconstrucción.


