
El Tribunal Constitucional declaró admisible el requerimiento presentado por el Gobierno contra una norma incluida en la megarreforma vinculada a la reconstrucción.
El artículo cuestionado obligaba a empresas distribuidoras de agua potable, electricidad y gas a reconectar gratuitamente servicios básicos en zonas afectadas por emergencias.
La medida aplicaba para usuarios residenciales y micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas bajo estado de catástrofe.
El Ejecutivo sostiene que la disposición es inconstitucional porque no tendría relación directa con las materias centrales del proyecto de ley.
La presentación apunta a que el artículo fue incorporado durante la tramitación legislativa sin ajustarse a las ideas matrices de la iniciativa, lo que vulneraría el artículo 69 de la Constitución.
Tras declarar admisible el requerimiento, el Tribunal Constitucional deberá poner la solicitud en conocimiento del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Ambas corporaciones tendrán un plazo de cinco días para presentar observaciones y antecedentes antes de que el tribunal continúe con el análisis de fondo.
El proyecto original estaba enfocado en financiar y acelerar la reconstrucción de zonas afectadas por incendios, además de promover medidas de reactivación económica.
La controversia abre un nuevo capítulo en la discusión de la megarreforma, especialmente por el alcance de las medidas de apoyo en emergencias y el rol de las empresas proveedoras de servicios básicos.
El artículo cuestionado obligaba a empresas distribuidoras de agua potable, electricidad y gas a reconectar gratuitamente servicios básicos en zonas afectadas por emergencias.
La medida aplicaba para usuarios residenciales y micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas bajo estado de catástrofe.
El Ejecutivo sostiene que la disposición es inconstitucional porque no tendría relación directa con las materias centrales del proyecto de ley.
La presentación apunta a que el artículo fue incorporado durante la tramitación legislativa sin ajustarse a las ideas matrices de la iniciativa, lo que vulneraría el artículo 69 de la Constitución.
Tras declarar admisible el requerimiento, el Tribunal Constitucional deberá poner la solicitud en conocimiento del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Ambas corporaciones tendrán un plazo de cinco días para presentar observaciones y antecedentes antes de que el tribunal continúe con el análisis de fondo.
El proyecto original estaba enfocado en financiar y acelerar la reconstrucción de zonas afectadas por incendios, además de promover medidas de reactivación económica.
La controversia abre un nuevo capítulo en la discusión de la megarreforma, especialmente por el alcance de las medidas de apoyo en emergencias y el rol de las empresas proveedoras de servicios básicos.


