
El proyecto de ley de Reconstrucción sumó un nuevo flanco de críticas desde las empresas de servicios esenciales, luego de la incorporación de una norma que obliga a reconectar gratuitamente suministros suspendidos por deudas en zonas afectadas por catástrofes.
La disposición apunta a distribuidoras eléctricas, sanitarias y de gas de red, que deberán reponer el servicio a usuarios residenciales y a micro, pequeñas y medianas empresas sin exigir pagos previos.
La obligación se aplicaría tanto a deudas generadas durante la emergencia como a cuentas impagas anteriores, sin necesidad de acreditar daños materiales o vínculo directo entre la deuda y el desastre.
Empresas Eléctricas A.G., Andess y la Asociación de Empresas de Gas Natural pidieron suprimir el artículo antes de la promulgación de la ley, al considerar que genera una señal regulatoria difícil de justificar.
Los gremios sostienen que la medida podría debilitar los incentivos al cumplimiento y obligar a destinar cuadrillas a reconexiones individuales en medio de una emergencia, cuando la prioridad suele ser reparar redes dañadas y recuperar el suministro para la mayor cantidad de personas.
La norma fija plazos de 48 horas para electricidad y gas, y de 24 horas para agua potable y alcantarillado. Además, prohíbe cobrar por reposición, visitas técnicas o revisión de instalaciones.
En caso de incumplimiento, los usuarios podrían recibir compensaciones equivalentes a tres días de suministro gratuito por cada día de atraso, descontadas automáticamente en la cuenta siguiente.
Desde los gremios también cuestionan que no se contemplen excepciones claras por caminos cortados, zonas aisladas, infraestructura destruida o condiciones de seguridad que impidan cumplir los plazos.
La presidenta de la CPC, Susana Jiménez, se sumó a las críticas y calificó la disposición como una mala señal regulatoria, acusando que trasladaría a las empresas el costo de una política pública.
Durante la tramitación, el Ejecutivo formuló una reserva de constitucionalidad sobre la medida. Las asociaciones plantean que una modificación de este tipo requiere una discusión técnica, regulatoria y económica más profunda.
La disposición apunta a distribuidoras eléctricas, sanitarias y de gas de red, que deberán reponer el servicio a usuarios residenciales y a micro, pequeñas y medianas empresas sin exigir pagos previos.
La obligación se aplicaría tanto a deudas generadas durante la emergencia como a cuentas impagas anteriores, sin necesidad de acreditar daños materiales o vínculo directo entre la deuda y el desastre.
Empresas Eléctricas A.G., Andess y la Asociación de Empresas de Gas Natural pidieron suprimir el artículo antes de la promulgación de la ley, al considerar que genera una señal regulatoria difícil de justificar.
Los gremios sostienen que la medida podría debilitar los incentivos al cumplimiento y obligar a destinar cuadrillas a reconexiones individuales en medio de una emergencia, cuando la prioridad suele ser reparar redes dañadas y recuperar el suministro para la mayor cantidad de personas.
La norma fija plazos de 48 horas para electricidad y gas, y de 24 horas para agua potable y alcantarillado. Además, prohíbe cobrar por reposición, visitas técnicas o revisión de instalaciones.
En caso de incumplimiento, los usuarios podrían recibir compensaciones equivalentes a tres días de suministro gratuito por cada día de atraso, descontadas automáticamente en la cuenta siguiente.
Desde los gremios también cuestionan que no se contemplen excepciones claras por caminos cortados, zonas aisladas, infraestructura destruida o condiciones de seguridad que impidan cumplir los plazos.
La presidenta de la CPC, Susana Jiménez, se sumó a las críticas y calificó la disposición como una mala señal regulatoria, acusando que trasladaría a las empresas el costo de una política pública.
Durante la tramitación, el Ejecutivo formuló una reserva de constitucionalidad sobre la medida. Las asociaciones plantean que una modificación de este tipo requiere una discusión técnica, regulatoria y económica más profunda.


