
El Tribunal Constitucional declaró contrarias a la Constitución varias disposiciones contenidas en cuatro artículos del proyecto de ley Escuelas Protegidas.
La resolución fue adoptada después de escuchar los alegatos por los requerimientos presentados por parlamentarios de oposición y de la Democracia Cristiana.
La iniciativa impulsada por el Gobierno busca reforzar la seguridad en establecimientos educacionales y endurecer las sanciones ante hechos de violencia escolar.
Uno de los puntos objetados obligaba a los establecimientos a comunicar a Carabineros o la PDI la negativa de un estudiante a una revisión cuando su apoderado no concurriera.
El tribunal también rechazó la norma que permitía a policías revisar vestimentas y efectos personales de estudiantes sin orden del fiscal, previo requerimiento del establecimiento y ante indicios de un delito.
El fallo alcanzó parcialmente disposiciones relacionadas con la prohibición de determinadas vestimentas o accesorios, la interrupción de clases como afectación grave de la convivencia y un criterio de prioridad en el Sistema de Admisión Escolar.
Además, fue objetada la norma que condicionaba el acceso y la mantención de la gratuidad en educación superior a no haber recibido condenas firmes por determinados delitos.
El Ejecutivo deberá corregir o modificar las disposiciones declaradas inconstitucionales antes de que el proyecto Escuelas Protegidas pueda convertirse en ley.
La resolución fue adoptada después de escuchar los alegatos por los requerimientos presentados por parlamentarios de oposición y de la Democracia Cristiana.
La iniciativa impulsada por el Gobierno busca reforzar la seguridad en establecimientos educacionales y endurecer las sanciones ante hechos de violencia escolar.
Uno de los puntos objetados obligaba a los establecimientos a comunicar a Carabineros o la PDI la negativa de un estudiante a una revisión cuando su apoderado no concurriera.
El tribunal también rechazó la norma que permitía a policías revisar vestimentas y efectos personales de estudiantes sin orden del fiscal, previo requerimiento del establecimiento y ante indicios de un delito.
El fallo alcanzó parcialmente disposiciones relacionadas con la prohibición de determinadas vestimentas o accesorios, la interrupción de clases como afectación grave de la convivencia y un criterio de prioridad en el Sistema de Admisión Escolar.
Además, fue objetada la norma que condicionaba el acceso y la mantención de la gratuidad en educación superior a no haber recibido condenas firmes por determinados delitos.
El Ejecutivo deberá corregir o modificar las disposiciones declaradas inconstitucionales antes de que el proyecto Escuelas Protegidas pueda convertirse en ley.


