TC declara inconstitucionales disposiciones de cuatro artículos de Escuelas Protegidas

El fallo afecta medidas sobre revisión de estudiantes, convivencia escolar, admisión y acceso a la gratuidad.

El Tribunal Constitucional declaró contrarias a la Constitución varias disposiciones contenidas en cuatro artículos del proyecto de ley Escuelas Protegidas.

La resolución fue adoptada después de escuchar los alegatos por los requerimientos presentados por parlamentarios de oposición y de la Democracia Cristiana.

La iniciativa impulsada por el Gobierno busca reforzar la seguridad en establecimientos educacionales y endurecer las sanciones ante hechos de violencia escolar.

Uno de los puntos objetados obligaba a los establecimientos a comunicar a Carabineros o la PDI la negativa de un estudiante a una revisión cuando su apoderado no concurriera.

El tribunal también rechazó la norma que permitía a policías revisar vestimentas y efectos personales de estudiantes sin orden del fiscal, previo requerimiento del establecimiento y ante indicios de un delito.

El fallo alcanzó parcialmente disposiciones relacionadas con la prohibición de determinadas vestimentas o accesorios, la interrupción de clases como afectación grave de la convivencia y un criterio de prioridad en el Sistema de Admisión Escolar.

Además, fue objetada la norma que condicionaba el acceso y la mantención de la gratuidad en educación superior a no haber recibido condenas firmes por determinados delitos.

El Ejecutivo deberá corregir o modificar las disposiciones declaradas inconstitucionales antes de que el proyecto Escuelas Protegidas pueda convertirse en ley.
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